DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.12672
14 de diciembre, 2011
DFOE-AE-0470
Señor
Presidente
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre recursos otorgados a la Fundación de Parques
Nacionales.
Me refiero a la nota sin número de fecha 11 de noviembre de 2011, suscrita por
varios miembros de la Junta Directiva de esa Asociación y recibida en este Despacho el
21 de ese mismo mes y año.
El objeto de consulta que se plantea en la nota no resulta del todo claro, por lo que
este órgano contralor infiere que se refiere a la liquidación presupuestaria de recursos
concedidos a la Fundación de Parques Nacionales (FPN) para el desarrollo de proyectos
en coordinación con esa Asociación. No obstante, no se indica expresamente si el origen
de los recursos aludidos es público o privado y si corresponden a una transferencia, por lo
que no resulta posible determinar si les aplica lo preceptuado en el artículo 5 de la ley
orgánica de esta Contraloría General.
Al respecto, es importante aclarar que las potestades de fiscalización conferidas a la
Contraloría General en el artículo citado son facultativas, es decir, es la misma Contraloría
la que decide bajo qué condiciones realiza o no la fiscalización de los recursos indicados.
De este modo la presentación del presupuesto para aprobación de este órgano contralor
por parte de organizaciones privadas está regulado en la circular No. 143001 y solo aplica
para recursos de naturaleza pública; por lo que en el evento de que los beneficios
patrimoniales objeto de consulta tengan esa naturaleza y considerando que el monto de
éstos alcanza únicamente la suma de ¢ 30.000,000,00, monto que está po ...
Fecha publicación: 02/01/2012
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO BRIBRI TALAMANCA LIMON
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGIA
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12073
16 de diciembre, 2011
DFOE-AE-0441
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta sobre el proyecto de ley denominado “Ley para garantizar
la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento permanente de nuestros
parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694) el cual se tramita
en el expediente No.18251.
En atención a su solicitud planteada mediante oficio AMB-401-2011, recibido en esta
Contraloría General el 16 de noviembre de 2011, nos permitimos rendir criterio sobre el texto
del proyecto de “Ley para garantizar la consolidación, el mantenimiento y el financiamiento
permanente de nuestros parques nacionales (Reforma al artículo 2 de la Ley N° 8694)”
I- Exposición de motivos:
Se indica en la exposición de motivos que el sistema nacional de parques nacionales que
inició hace más de cuarenta años para la conservación de la diversidad biológica y del
patrimonio natural, es un ejemplo a nivel mundial al lograr crear 28 parques nacionales y otras
138 áreas silvestres bajo diversas denominaciones, tales como reservas biológicas, zonas
protectoras, refugios de vida silvestre, humedales y reservas forestales.
Según fuentes de información que se mencionan en la exposición de motivos, así como la
referencia a estudios del MINAET y el ICT, el turismo que es una de las principales fuentes de
divisas del país, viene interesado en la visita de las áreas protegidas, así un 64% de su tiempo
de permanencia se dedica a su disfrute. Dicha actividad también permite el desarrollo de la
industria turística local o regional, lo cual beneficia directamente a miles ...
Fecha publicación: 20/12/2011
Fecha emisión: 16/12/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA OPERATIVA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:(506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11933
28 de noviembre, 2011
DFOE-AE-0431
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE AMBIENTE
Estimada señora:
Asunto: Remisión del borrador del informe sobre los resultados de la auditoría
operativa acerca de la efectividad del Gobierno para medir y reportar
el estado de conservación de la biodiversidad.
Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en
su condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la
Hacienda Pública, y en atención del oficio No. TUR-965-18.180-11 del 14 de octubre
de los corrientes, la Contraloría General, dentro del plazo otorgado al efecto, procede
a rendir el criterio solicitado acerca del proyecto de ley denominado “Modificación
parcial de la Ley No. 8023, Ley de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Alta del Río
Reventazón, de 27 de setiembre de 2000”, expediente No. 18.166”, se indica lo
siguiente:
1. Acerca de la naturaleza jurídica y ampliación de competencias
El presente proyecto en su artículo 4 define el alcance de la personalidad
jurídica instrumental, con la que ya cuenta COMCURE, para administrar sus recursos
materiales, humanos, presupuestarios y financieros, firmar y establecer fideicomisos,
así como suscribir todo contrato y convenio que requiera para el cumplimiento de sus
funciones, en virtud de que esto no estaba contemplado de esa manera en la Ley
vigente.
En ese sentido, la reforma propuesta le otorga a COMCURE la potestad de
constituir fideicomisos, por lo que los recursos de COMCURE podrán constituirse en
patrimonio autónomo para ser entregado en fideicomiso a algún fiduciario.
No obstante, es import ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11247
14 de noviembre de 2011
DFOE-AE-0410
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefa de Área
COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE TURISMO
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de “Ley para la protección de pequeñas y
medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de
residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180.
Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en
su condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la
Hacienda Pública, y en atención del oficio No. TUR-965-18.180-11 del 14 de octubre
de los corrientes, la Contraloría General, dentro del plazo otorgado al efecto, procede
a rendir el criterio solicitado acerca del proyecto de ley denominado “Ley para la
protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas
costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180, se indica
lo siguiente:
1. Consideraciones sobre la exposición de motivos.
De conformidad con la exposición de motivos del proyecto de ley de referencia,
se desprende la pretensión de que se equipare el impuesto territorial al canon que
pagan los concesionarios en las zonas costeras, especialmente para los residentes y
los pequeños y medianos empresarios turísticos y comerciantes.
Al respecto, cabe aclarar que el canon no tiene naturaleza tributaria, pues se
trata de una contraprestación pecuniaria que efectúa el concesionario por el uso y
disfrute especial que se hace del dominio marítimo-terrestre y por la ventaja que se
obtiene frente a las demás personas, al no disponer de ese bien público con
exclusividad, cuya prestación no se impone en forma coactiva, como en el caso de los
tributos, sino que depende de una solicitud voluntaria del interesado y de su
compromis ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 14/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa
Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro.10167
19 de octubre, 2011
DFOE-AE-0368
Licenciada
Karen Espinoza Vindas
Auditora Interna
SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION
Estimada señora:
Asunto: Se da respuesta a la solicitud de criterio sobre los eventuales incumplimientos
de la normativa de auditoría, por el nombramiento de la Auditora y Subauditor
del SINAC como peritos judiciales en una causa penal.
Mediante oficio Nro. SINAC-AI-147-2011, recibido en esta Contraloría General el 1º de
setiembre de 2011, se solicita rendir criterio sobre un eventual incumplimiento del artículo 22 de
la Ley General de Control Interno, del deber de probidad y de las normas generales de
auditoría, debido a que la Auditora Interna y el Subauditor Interno del Sistema Nacional de
Áreas de Conservación deben llevar a cabo funciones como peritos judiciales en una causa
penal a requerimiento del Ministerio Público y del jerarca institucional.
Al respecto, se aclara que la función pericial no es incompatible con las competencias de
auditoría asignadas en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno ni con normas o
lineamientos dictados por esta Contraloría General, por lo que no limita a la Auditoría Interna
para cumplir con labores de obligado acatamiento, como son la autoevaluación de la gestión y
el aseguramiento de la calidad. Asimismo, se reitera lo consignado en el oficio Nro. 11797
(DFOE-PGAA-744), de la entonces Área de Servicios Públicos Generales Ambientales y
Agropecuarios, donde acerca de este mismo tema se deja claro la posibilidad de reprogramar
tareas del plan de trabajo que no son de obligado cumplimiento; esto en el supuesto de que se
requiera dedicar el tiempo asignado a algu ...
Fecha publicación: 22/10/2011
Fecha emisión: 19/10/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DDIIVVIISSIIÓÓNN DDEE FFIISSCCAALLIIZZAACCIIÓÓNN OOPPEERRAATTIIVVAA YY EEVVAALLUUAATTIIVVAA
ÁÁRREEAA DDEE SSEERRVVIICCIIOOSS AAMMBBIIEENNTTAALLEESS YY DDEE EENNEERRGGÍÍAA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DFOE-AE -1-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISION DE FISCALIZACION OPERATIVA
Y EVALUATIVA. AREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGIA. San José, a las
nueve horas del once de agosto de 2011.
Se conoce recurso de revocatoria con apelación en subsidio, interpuesto por el señor Jorge
Mario Rodríguez Zúñiga, con cédula de identidad número 1-545-707, en su condición de
Director General del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), en cumplimiento
del acuerdo 9 de la sesión ordinaria de la Junta Directiva, No. 6 del 19 de julio de 2011,
mediante el cual se aprobó y avaló en todos sus extremos el recurso de revocatoria y apelación
en subsidio presentado por el Director de FONAFIFO, ante esta Contraloría General de la
República, contra el informe No. DFOE-AE-IF-08-2011 del 6 de julio de 2011, acerca de los
efectos del programa Pago por Servicios Ambientales (PSA) implementado por el Estado
costarricense.
RESULTANDO
1. El 11 de julio de 2011 esta Contraloría General recibió recurso de revocatoria con
apelación en subsidio, mediante el cual el recurrente manifiesta lo siguiente: a.- No es cierto
que los proyectos de PSA ejecutados por FONAFIFO en sus diferentes modalidades y
seleccionados al amparo de las prioridades establecidas por el SINAC (Grúas I y II), no hayan
producido todos los servicios ambientales que un bosque o una plantación forestal pueda
generar, y que el artículo 3 inciso k) de la Ley Forestal, No. 7575 reconoce como objeto válido.
De acuerdo a esto, no es cierto que esos bosques participantes en el programa durante los
últimos 14 años no hayan colaborado y apo ...
Fecha publicación: 14/08/2011
Fecha emisión: 11/08/2011
Institución: FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 6666
20 de julio, 2011
DFOE-AE-0254
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta sobre el proyecto de ley denominado “Ley para la
protección de las especies forestales mediante la reforma del inciso d) del
artículo 3 y la adición de un artículo 28 bis a la Ley Forestal No. 7575”, el cual
se tramita en el expediente No.17.856.
En atención a su solicitud planteada mediante oficio AMB-165-201, recibido en esta
Contraloría General el 21 de junio del 2011, nos permitimos rendir criterio sobre el texto del
proyecto de “Ley para la protección de las especies forestales mediante la reforma del inciso d)
del artículo 3 y la adición de un artículo 28 bis a la Ley Forestal No. 7575”.
I.- En relación con la exposición de motivos, se dan a conocer los siguientes aspectos de
importancia:
• Que los bosques cumplen diversas funciones o servicios ambientales, tales como
reguladores del clima, fijación de carbono y protección de las aguas, el suelo, y
prevención de desastres naturales. No obstante su importancia, dichos ecosistemas se
ven expuestos a una gran la presión por otros usos.
• Que siendo el porcentaje de cobertura forestal del país de un 48%, correspondiendo a
un 60% de bosques tardíos y el resto a bosques secundarios intermedios o tempranos,
se hace necesario brindar un régimen de mayor protección.
• Que según lo consignado por la Sala Constitucional en el Voto 2007-3923 de las 15:02
horas del 21 de marzo de 2007, “la definición de bosque contenida en la actual Ley
Forestal, es insuficiente y tutela de forma deficitaria los bosques de nuestro país, con el
agravante, de ...
Fecha publicación: 23/07/2011
Fecha emisión: 20/07/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.06661
20 de julio, 2011
DFOE-AE-0253
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta sobre el proyecto de ley denominado “Reforma al artículo
261 del Código Penal”, el cual se tramita en el expediente No. 17.560.
Atendiendo su solicitud planteada mediante oficio AMB-148-211, recibido en esta
Contraloría General el 21 de junio del 2011, previa coordinación con la División Jurídica, nos
permitimos rendir criterio sobre el texto del proyecto “Reforma al artículo 261 del Código Penal”,
en el siguiente sentido
I. En relación con la exposición de motivos, se dan a conocer los siguientes aspectos
de importancia:
• Que pese a la gran oferta de agua dulce con que cuenta Costa Rica, la disponibilidad de
dicho recurso para el consumo humano en cantidad y calidad, se ve amenazada por un
manejo inadecuado, la sobreexplotación, la impermeabilización y deforestación, siendo
uno de los mayores problemas la contaminación generada por una inadecuada
disposición de los desechos sólidos y líquidos.
• Que uno de los principales problemas que enfrenta la legislación es la dispersión
normativa siendo que muchas de las conductas prohibitivas no contienen sanciones y
algunos tipos penales como el artículo 261 del Código Penal, no fueron creados para
proteger el recurso hídrico en su valor intrínseco, sino más bien protege la salud y la vida
humana.
En razón de lo anterior, se propone reformar el artículo 261 del Código Penal, con el
objetivo de que se regule el delito ambiental de contaminación a los recursos hídricos como un
bien jurídico autónomo, puesto que el artículo en cuestión sólo r ...
Fecha publicación: 23/07/2011
Fecha emisión: 20/07/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José,
Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro.06628
18 de julio, 2011
DFOE-AE-0248
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefe de Área
Comisión Especial Dictaminadora Reformas Legales Electricidad
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el Proyecto de Ley de Contingencia, Expediente N°
18.093
Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en su
condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda
Pública, y en atención de los oficios número ELECT-489-18093-11 y ELECT-564-18.093-
11 del 24 de junio y 8 de julio del presente año, la Contraloría General, dentro del plazo
otorgado al efecto, procede a rendir el criterio solicitado, en los siguientes tópicos, con la
finalidad de aportar insumos que enriquezcan la discusión legislativa y el ejercicio de las
competencias constitucionalmente asignadas a esa Asamblea.
1. Los objetivos de la ley y los mecanismos previstos para solventar la situación
que se cataloga de contingencia.
Se apunta en el proyecto en estudio que el consumo de energía en el país se
incrementa continuamente y que, a pesar de la riqueza en recursos renovables, se
depende en alguna medida del uso de hidrocarburos importados para la generación de
electricidad. Por esa razón, se advierte que el sistema actual puede ser vulnerable por
eventos internacionales que afecten ese mercado, el agotamiento de fuentes de
hidrocarburos y los cambios climáticos que pueden afectar directamente los recursos
renovables para producir energía. Otro riesgo que se expone en el proyecto es el atraso
sufrido en la ejecución de proyectos claves para la generación de energía, lo cual podría
poner en peligro ...
Fecha publicación: 22/07/2011
Fecha emisión: 19/07/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y ENERGÍA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 06004
5 de julio, 2011
DFOE-AE-0228
Señora
María Ocampo Baltodano
Diputada
PARTIDO LIBERACIÓN NACIONAL
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el procedimiento para usar los remanentes
económicos y los recursos indicados en el inciso c), previstos en el
artículo 59 de la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre.
Se atiende su oficio No. MO-NO.0131-2011 mediante el cual solicita a esta
Contraloría General se refiera al procedimiento que debe seguir una municipalidad
para solicitar el uso de los remanentes económicos previstos en el artículo 59 de la
Ley sobre Zona Marítimo Terrestre, No. 6043, y el dinero indicado en el inciso c) de
ese mismo artículo. Además, consulta si tales recursos pueden ser destinados en
obras de mantenimiento o beneficio en distritos diferentes de los que generaron el
ingreso, y si es válido hacer uso de esos recursos en caso de que haya una solicitud
previa a la nueva intención municipal, o si por el contrario prevalece la primera, la cual
representa los intereses de los distritos generadores del ingreso.
Al respecto, se indica que este órgano contralor mediante oficio No. 9481
(FOE-SM-1811) del 2 de setiembre de 2003, se refirió al destino que se le puede dar a
tales recursos, y a los requerimientos necesarios para que puedan ser empleados en
la realización de obras a favor del cantón respectivo, por lo que se adjunta el oficio
señalado.
En cuanto a su cuestionamiento sobre la procedencia de hacer uso de esos
recursos, cabe señalar que conforme lo indica el oficio antes citado, así como los
artículos 91, siguientes y concordantes del Código Municipal, y el Manual de normas
técnicas sobre presupuesto que deben observar las entidades, órganos
descentralizados, unidades desconcentradas y municipalidades, sujetos a la
fiscalización de la Contraloría General ...
Fecha publicación: 10/07/2011
Fecha emisión: 05/07/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO